Normas sobre la convivencia compartida en la prestación de servicios de alojamiento
Con efecto a partir del 1 de enero de 2025
Normas en Latvian language
Normas de SHED Co-living para la prestación de servicios de alojamiento
Vigentes a partir del 1 de enero de 2025
Normas en idioma letón
Sección I
DISPOSICIONES GENERALES
Las Normas de SHED Co-living para la prestación de servicios de alojamiento (en adelante, las “Normas”) están destinadas a las personas que hayan celebrado contratos con los respectivos gestores indicados en la Sección 2 de las Normas relativos a la prestación de servicios de alojamiento en el respectivo Objeto especificado en la Sección 2 de las Normas (en adelante, el “Contrato”) y/o a las personas en cuyo beneficio se haya celebrado el Contrato. Las Normas se publican en el sitio web www.shedcoliving.com y se consideran parte integrante del Contrato.
Estas Normas se aplicarán a los siguientes objetos donde se prestan servicios de alojamiento (cada uno de ellos, por separado, se denominará en adelante el “Objeto”):
SHED Vilnius, situado en Santaros str. 3, Vilnius, Lituania, gestionado por UAB SHED Vilnius, código de entidad jurídica 306070275, correo electrónico [email protected], n.º de teléfono +370 657 88805;
SHED Riga, situado en Jelgavas iela 8/12, Riga, Letonia, gestionado por SIA J12, código de entidad jurídica 40203133168, correo electrónico [email protected], n.º de teléfono +371 299551154.
En adelante, los proveedores de servicios de alojamiento en los Objetos especificados en esta Sección, a saber, UAB SHED Vilnius, código de entidad jurídica 306070275, y SIA J12, código de entidad jurídica 40203133168, se denominarán conjuntamente los “Gestores”, y cada uno de ellos por separado el “Gestor”.
A efectos de estas Normas y del Contrato, se entenderá por Objeto el edificio donde se prestan los servicios de alojamiento, los espacios habitables (en adelante, las “Habitaciones”) asignados a los Residentes de conformidad con el Contrato, las zonas comunes (pasillos, cocinas, zonas de recreo, terrazas y otros espacios), así como el territorio del Objeto (incluyendo, entre otros, la zona verde, terrazas, el aparcamiento del Objeto y las plazas de aparcamiento asignadas al Objeto pero no situadas dentro del territorio del Objeto).
La organización de las actividades del Objeto, la prestación de servicios de alojamiento a los residentes del Objeto (en adelante, los “Residentes”), incluyendo, entre otros, el alojamiento, la salida y/o el desalojo, el orden y la limpieza, así como el cumplimiento de las Normas, serán responsabilidad del Gestor del Objeto y de su personal autorizado: el administrador del Objeto y el supervisor del Objeto.
Antes de formalizar el Contrato, cada Residente debe familiarizarse con las Normas. Al firmar el Contrato, el Residente confirma que ha leído las Normas y se compromete a cumplirlas durante toda la vigencia del Contrato, así como a garantizar que sus invitados en el Objeto también las cumplan. El desconocimiento de las Normas no eximirá al Residente de responsabilidad por su incumplimiento.
Todas las cuestiones relacionadas con las Normas y/o el Contrato y las actividades en el Objeto, así como las incidencias y reclamaciones que surjan a los Residentes, se resolverán contactando verbalmente o por escrito con el administrador del Objeto o presentando una solicitud/información al Gestor del respectivo Objeto por correo electrónico indicado en la Sección 2 de las Normas.
Con el fin de garantizar la seguridad y el orden, así como el cumplimiento de las Normas, las zonas comunes interiores del Objeto y el territorio del Objeto seleccionados a discreción del Gestor estarán vigilados permanentemente mediante cámaras de videovigilancia. La ubicación de las cámaras de videovigilancia podrá modificarse a discreción del Gestor. Las grabaciones de las cámaras podrán utilizarse para resolver situaciones controvertidas o incidentes, y podrán ser entregadas a las autoridades competentes. Al firmar el Contrato, el Residente confirma que ha sido informado sobre la videovigilancia y la grabación de vídeo.
Sección II
PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE ALOJAMIENTO. CHECK-IN, ALOJAMIENTO EN EL OBJETO, SALIDA
Los servicios de alojamiento en el Objeto podrán reservarse en el sistema de reservas disponible en el sitio web www.shedcoliving.com o contactando con el Gestor por correo electrónico, teléfono o al llegar al Objeto. La reserva entrará en vigor cuando el Residente pague un depósito por el importe especificado en el sistema de reservas.
El Residente será registrado y alojado en el Objeto por el administrador del Objeto de conformidad con la reserva válida de servicios de alojamiento. En el momento del registro del Residente en el Objeto, se firmará un Contrato con el Residente, cuyo contenido el Residente conoce al efectuar la reserva de los servicios de alojamiento.
El Residente será alojado en la Habitación especificada en el Contrato, solo o junto con la persona indicada en el Contrato. Queda prohibido alojarse en una Habitación distinta de la especificada en el Contrato, así como que la Habitación sea ocupada por personas no indicadas en el Contrato. Si, tras la formalización del Contrato, surge la necesidad de alojarse en una Habitación distinta de la prevista en el Contrato o de alojar a personas no indicadas en el Contrato, el Residente podrá solicitar al Gestor la modificación de las condiciones del Contrato presentando una solicitud al administrador del Objeto o enviándola al Gestor del respectivo Objeto por correo electrónico indicado en la Sección 2 de las Normas. El Gestor podrá establecer unilateralmente una tarifa adicional por la modificación del Contrato relacionada con el cambio de Habitación y/o el cambio de las personas alojadas en la Habitación, la cual será publicada en la Solicitud de Servicios de Alojamiento y/o en el sitio web www.shedcoliving.com.
El check-in y el alojamiento de nuevos Residentes en el Objeto se organiza en días laborables (de lunes a viernes) de 12:00 a 17:00, mientras que el check-out del Objeto y de la Habitación, así como la devolución del inventario entregado al Residente, deberá realizarse como máximo a las 10:00 del último día de vigencia del contrato firmado. En días festivos y fines de semana no se realizará el check-in, alojamiento ni check-out de Residentes en el Objeto, salvo en los casos en que el Gestor indique expresamente en el sitio web www.shedcoliving.com y/o en la Solicitud de Servicios de Alojamiento que el check-in y/o alojamiento, así como el check-out de los Residentes, se realizará en dichos días festivos o fines de semana con la ayuda del house manager o mediante procedimiento de self check-in/out. En cualquier caso, será obligatorio que el Residente informe al Administrador o al Gestor del respectivo Objeto, al menos 3 (tres) días laborables antes de su llegada/salida del Objeto, al correo electrónico indicado en la Sección 2 de las Normas, sobre la hora estimada de llegada/salida del Objeto.
Si el Residente, habiendo abonado el depósito, se retrasa más de 10 (diez) días en llegar al Objeto para alojarse y no informa previamente al Gestor por correo electrónico indicado en la Sección 2 de las Normas, el Gestor tendrá derecho a cancelar la reserva notificándolo por escrito al Residente con 3 (tres) días de antelación. En tal caso, el depósito abonado no será reembolsado al Residente. Si el Residente, por cualquier motivo, no llega al Objeto para alojarse en la fecha establecida, previa solicitud escrita del Residente, el Gestor podrá ampliar el período de reserva de la Habitación, siempre que el Residente haya abonado el depósito indicado en la solicitud inicial de reserva de Habitación y se comprometa por escrito a pagar al Gestor la totalidad del período de reserva de la Habitación. La tarifa de reserva de la Habitación será igual al precio del servicio de alojamiento de la Habitación reservada y se calculará proporcionalmente a la duración de la reserva. La tarifa de reserva deberá abonarse en un plazo de 3 (tres) días desde la fecha de emisión de la factura. Si el Residente no abona la tarifa de reserva de la Habitación durante más de 3 (tres) días, a partir del cuarto día de retraso el Gestor tendrá derecho a cancelar unilateralmente la reserva de la Habitación sin previo aviso adicional. En los casos especificados en esta Sección, el Gestor no será responsable de ninguna pérdida, daño, perjuicio moral u otras molestias sufridas por el Residente.
En caso de reparaciones del Objeto o de su parte correspondiente, accidentes, así como en otros casos urgentes y objetivos, el Gestor tendrá derecho a trasladar unilateralmente al Residente a otra habitación temporalmente o durante el resto del plazo del Contrato, notificándolo por escrito al Residente en un plazo máximo de 5 (cinco) días laborables, salvo que, por razones objetivas, dicho plazo de notificación resulte demasiado largo. Al trasladar al Residente a otra habitación, el Gestor procurará no empeorar las condiciones de alojamiento del Residente.
A petición escrita del Residente, el Gestor podrá conceder permiso para registrar el domicilio del Residente en el Objeto durante el plazo del Contrato. El Gestor tendrá derecho a cobrar unilateralmente tarifas por la expedición de dicho permiso.
Al abandonar el Objeto durante más de 30 (treinta) días, el Residente deberá informar de ello al Administrador del Objeto o al Gestor del respectivo Objeto por correo electrónico indicado en la Sección 2 de las Normas. El Residente es informado y comprende que, si no utiliza la Habitación durante más de 30 (treinta) días consecutivos, el Gestor tendrá derecho a rescindir unilateralmente el Contrato, sin necesidad de recurrir a los tribunales, notificándolo al Residente con 10 (diez) días de antelación, si el Residente durante dicho plazo de preaviso no confirma por escrito al Gestor que tiene la intención de seguir utilizando la Habitación. Si el Residente ha informado por escrito al Gestor sobre su salida temporal del Objeto, el Gestor solo tendrá derecho a rescindir el Contrato por este motivo transcurridos 30 (treinta) días desde la finalización del plazo sobre el cual fue informado. La obligación de pagar el precio del servicio de alojamiento y/u otras tarifas especificadas en las Normas y/o en el Contrato continuará vigente, aunque el Residente no utilice temporalmente la Habitación; en caso contrario, el Gestor tendrá derecho a rescindir el Contrato conforme al procedimiento establecido en la Sección 54.1 de las Normas.
En caso de cambio (disminución) del número de Residentes de la Habitación, el Gestor podrá, si es posible, ofrecer una habitación de menor tamaño a los Residentes restantes. Si el/los Residente(s) restante(s) de la Habitación, tras recibir la oferta del Gestor, no aceptan trasladarse a la habitación propuesta, deberá(n) pagar el precio completo de la Habitación en la que residen, independientemente del número de Residentes de la Habitación.
El Residente tendrá derecho a solicitar su traslado a otra habitación debido a deficiencias materiales en la Habitación o ante otras circunstancias objetivas, presentando una solicitud al Administrador del Objeto o enviándola al Gestor del respectivo Objeto por correo electrónico indicado en la Sección 2 de las Normas. El Gestor se compromete a examinar la solicitud de cambio de habitación y a presentar una respuesta en un plazo máximo de 10 (diez) días laborables desde la recepción de dicha solicitud.
El Residente deberá desalojar la Habitación, devolverla al Gestor junto con todo el Inventario entregado al Residente, así como devolver la Llave y abandonar el Objeto el último día del Contrato. Si el último día del Contrato coincide con un día festivo o fin de semana, el Residente deberá informar de ello al Gestor con antelación, como máximo con 3 (tres) días de antelación, notificando al Administrador del Objeto sobre la salida prevista o enviando dicha información al Gestor del respectivo Objeto por correo electrónico indicado en la Sección 2 de las Normas, y acordando el día de salida. Si no informa oportunamente sobre la salida prevista, el Residente asumirá todo el riesgo de no poder devolver la Habitación y el Inventario al Gestor el último día del Contrato, y queda informado de que en tal caso deberá pagar una tarifa adicional por los servicios de alojamiento conforme a las tarifas fijadas por el Gestor para el período adicional comprendido entre la expiración del Contrato y la fecha de devolución de la Habitación al Gestor.
Si el Residente no retira sus pertenencias personales de la Habitación el día de expiración del Contrato y no devuelve la Habitación de conformidad con el procedimiento establecido en la Sección 18 de las Normas, el Gestor tendrá derecho a recuperar unilateralmente y sin restricción alguna la posesión de la Habitación. A tal efecto, el Gestor, tras haber notificado por escrito al Residente con al menos 3 (tres) días laborables de antelación (por correo electrónico del Residente o por SMS), estará facultado para entrar en la Habitación sin la presencia del Residente o de su persona autorizada, recoger, embalar y retirar los bienes del Residente y todos los objetos y bienes que no pertenezcan al Gestor, cambiar las cerraduras de la Habitación, desconectar el suministro eléctrico u otras redes de servicios y/o restringir de otro modo el acceso del Residente a la Habitación. El Gestor almacenará los bienes y objetos retirados de la Habitación durante un máximo de 15 (quince) días desde la expiración del Contrato, y ello se considerará un servicio de almacenamiento de pago prestado por el Gestor. El Gestor tendrá derecho a desechar inmediatamente los artículos perecederos o que requieran cuidados especiales, así como los artículos sucios (por ejemplo, productos alimenticios, flores, ropa sucia, vajilla, etc.). El Gestor calculará la tarifa de almacenamiento fijada por el Gestor por cada día de almacenamiento de los bienes y objetos retirados de la Habitación. El Gestor tendrá derecho a destruir (eliminar), vender o transferir de cualquier otro modo a terceros todos los bienes y objetos retirados de la Habitación si el Residente no los retira dentro del plazo indicado por el Gestor. En tal caso, todos los ingresos procedentes de la venta de dichos bienes y/u objetos corresponderán al Gestor como contraprestación por el almacenamiento y manipulación de dichos bienes y/u objetos. Mediante la firma del presente Contrato, el Residente otorga al Gestor y a sus empleados poderes irrevocables para realizar las actuaciones previstas en esta Sección. Si dichos bienes y objetos son eliminados, todos los costes relacionados se cubrirán con el depósito abonado por el Residente.
Al abandonar el Objeto, el Residente deberá pagar todas las tarifas (tarifa por servicios de alojamiento, servicios adicionales de pago, multas, administración de servicios y otras tarifas). El depósito abonado por el Residente será reembolsado conforme al procedimiento y plazos establecidos en el Contrato.
El Residente asume todos los riesgos por la cancelación de la reserva de la Habitación, la rescisión del Contrato y/o la pérdida de bienes pertenecientes a él u otras personas que se encuentren en la Habitación, si no paga a tiempo el depósito, la tarifa de reserva de la Habitación, las tarifas por servicios de alojamiento y/o cualquier otro pago previsto en el Contrato, no responde a las consultas del Gestor y/o incumple de cualquier otro modo las Normas y/o el Contrato. El Residente que no haya desalojado el Objeto en un plazo superior a 3 (tres) días tras la finalización del Contrato será desalojado conforme al procedimiento establecido por la normativa legal vigente.
Sección III
USO DEL OBJETO
Todos los Residentes y sus invitados serán responsables del orden en el Objeto y de la limpieza en las Habitaciones, en las zonas de uso común del Objeto y en el territorio del Objeto durante su estancia.
Las plazas de aparcamiento situadas en el territorio del Objeto serán de pago y el Residente solo podrá utilizarlas contratando el servicio adicional de aparcamiento, que deberá abonarse. Para conocer las condiciones de contratación y uso de la plaza de aparcamiento deberá dirigirse al administrador del Objeto. Debido al número limitado de plazas de aparcamiento en el patio del Objeto, estas se asignarán en función del orden de presentación de la solicitud para dicho servicio. Queda estrictamente prohibido estacionar un vehículo en el aparcamiento situado en el territorio del Objeto sin haber reservado el servicio de aparcamiento: mediante decisión unilateral del Gestor, dicho vehículo podrá ser remolcado por la fuerza a cargo del propietario del vehículo, o se presentará una factura por el estacionamiento al propietario o usuario del vehículo, cuyo importe será 3 (tres) veces superior al precio normal del aparcamiento fijado y aplicado por el Gestor. Puede consultar el precio de los servicios de aparcamiento en la Solicitud de Servicios de Alojamiento o contactando con el Administrador del Objeto.
El Residente podrá utilizar en la Habitación sus propios muebles independientes (por ejemplo, sillas, sofás, mesa de centro, etc.). Queda estrictamente prohibida la instalación de muebles empotrados, suspendidos u otros accesorios o elementos fijados a paredes, techos o suelos (incluyendo, entre otros, lámparas, cuadros, etc.), así como la instalación de otros equipos técnicos o de ingeniería, Internet u otros medios de comunicación en la Habitación y/o en las zonas comunes del Objeto sin el consentimiento previo por escrito del Gestor.
El Residente tendrá derecho a utilizar la Habitación y las zonas comunes del Objeto únicamente con fines residenciales. El Residente tendrá prohibido prestar en el Objeto cualquier servicio comercial, médico, terapéutico u otros servicios, o realizar cualquier otra actividad comercial o cualquier otra actividad que implique visitas regulares de terceros al Objeto.
El Gestor del Objeto no será responsable por los objetos y bienes del Residente y/o de sus invitados perdidos, dañados, robados o deteriorados de cualquier otro modo que se encuentren en la Habitación, en las zonas comunes del Objeto o en el territorio del Objeto.
Invitados
Por invitación del Residente, los invitados (no más de 2 al mismo tiempo) podrán visitar el Objeto cualquier día de 8:00 a 24:00. Todos los invitados que lleguen al Objeto para visitar al Residente deberán registrarse en el libro de invitados con el fin de garantizar la seguridad y el orden, indicando la Habitación a la que han acudido, la hora de llegada y salida, así como el nombre del invitado y firmando en el libro de invitados. La información sobre el tratamiento de los datos personales de los invitados del Objeto se facilitará en la recepción del Objeto. El Administrador del Objeto tendrá derecho a solicitar al invitado la presentación de un documento de identidad personal para verificar su identidad, así como, en caso de duda sobre si el invitado ha llegado realmente al Residente indicado, ponerse en contacto telefónico con el Residente para confirmar la visita. Si el Residente indica que el invitado es inesperado y/o no deseado, o si el Administrador del Objeto no logra contactar telefónicamente con el Residente, el Administrador del Objeto tendrá derecho a denegar la entrada del invitado al Objeto. Nota importante para los residentes de double studio: los visitantes solo podrán entrar en su habitación con el permiso de su compañero/a de habitación, por lo que asegúrese de acordarlo previamente.
El Residente que reciba invitados será plenamente responsable de su comportamiento y acciones tanto en la Habitación como en las zonas comunes del Objeto y en el territorio del Objeto.
A petición escrita del Residente y con la autorización previa del Administrador del Objeto, el Residente podrá permitir que el invitado permanezca en la Habitación un máximo de 2 (dos) noches por mes de forma gratuita. Si existe la necesidad de que un invitado permanezca en el Objeto durante un período más largo, el Residente podrá solicitar al Gestor la prestación de un servicio temporal de alojamiento de pago para los invitados. Dicho servicio será prestado por el Gestor en la medida de lo posible, aplicando los precios de los servicios de alojamiento fijados por el Gestor. Nota importante para los residentes de double studio: acuerde este permiso directamente con su compañero/a de habitación entre ustedes.
El Administrador del Objeto, al recibir quejas relativas a los invitados que visitan al Residente (por ejemplo, si el horario de visita o el comportamiento de los invitados infringe las Normas), podrá limitar el horario de visita de dichos invitados o impedirles visitar el Objeto.
Uso del Objeto y de las Zonas Comunes
El horario de silencio en el Objeto será el siguiente: todos los días de 22:00 a 7:00 en el Objeto y de 19:00 a 7:00 en el territorio del Objeto.
La entrada y salida del Objeto será posible a cualquier hora del día.
Durante la vigencia del Contrato (excepto durante el tiempo de mantenimiento sanitario), el Residente tendrá derecho a utilizar las cocinas comunes del Objeto, baños, zonas de trabajo y descanso, lavandería y sala de juegos. Al utilizar las zonas comunes, será obligatorio respetar los requisitos de orden y limpieza, dejar las instalaciones ordenadas y limpias después de utilizarlas, y no perturbar la tranquilidad de los demás residentes del Objeto durante el horario de silencio, incluyendo, entre otros, ruidos, luces, etc.
Los Residentes dispondrán de jabón, toallas de papel y papel higiénico en las zonas comunes del Objeto a cargo del Gestor.
Las zonas comunes utilizadas por el Residente (incluidos sus invitados) deberán mantenerse limpias y ordenadas.
Si el Residente observa que las zonas comunes del Objeto están sucias o desordenadas, deberá ponerse en contacto con el Administrador del Objeto o notificarlo al Gestor del respectivo Objeto por correo electrónico indicado en la Sección 2 de las Normas, con el fin de identificar al Residente que no cumple con las Normas.
Queda prohibido mantener y/o almacenar pertenencias personales y/o bienes en las zonas comunes del Objeto, salvo en las áreas especialmente designadas.
Quedan prohibidas las fiestas, reuniones o entretenimientos similares sin la autorización previa del Administrador del Objeto.
En caso de contraer enfermedades infecciosas u otras enfermedades transmisibles fácilmente por vía aérea o por gotas, así como en presencia de parásitos (por ejemplo, piojos), quedará prohibido el uso de las zonas comunes del Objeto y del inventario y objetos de uso común. En la medida de lo posible, se recomienda informar al Gestor de tales casos (posiblemente de forma anónima) para que pueda adoptar oportunamente medidas de protección de la salud de los demás residentes del Objeto.
Los Residentes deberán cumplir los requisitos de seguridad contra incendios. Si el Residente causa intencionadamente o por irresponsabilidad un riesgo de incendio y se activa la alarma, la empresa de seguridad acudirá a comprobar la situación y resolver el problema. En tal caso, se impondrá al Residente una multa de 100 EUR (cien euros) y el Residente deberá indemnizar al Gestor por otras pérdidas y/o daños ocasionados.
Quedará prohibido:
Fumar en el Objeto, salvo en los lugares especialmente designados y señalizados, así como encender velas o quemar incienso en las instalaciones;
Fabricar, almacenar, consumir, utilizar o distribuir sustancias narcóticas, tóxicas, psicotrópicas, inflamables o explosivas, explosivos o dispositivos pirotécnicos en el Objeto. Esto quedará acreditado por la presencia de las diferentes sustancias mencionadas en esta Sección (en diversas formas y presentaciones), así como por otros artículos que contengan restos de dichas sustancias y/o equipos destinados a la fabricación, almacenamiento y/o uso de tales sustancias (dicha infracción se considerará una infracción material);
Fabricar, conservar, almacenar, usar o distribuir armas de fuego y/o munición en el Objeto (dicha infracción se considerará una infracción material);
Producir, almacenar y/o distribuir bebidas alcohólicas en el Objeto. Esto quedará acreditado por la presencia de las distintas sustancias mencionadas en esta Sección (en diferentes formas y presentaciones) y de los dispositivos y equipos utilizados para producirlas (dicha infracción se considerará una infracción material);
Permitir arbitrariamente la entrada al Objeto y/o alojar en el Objeto a invitados no registrados en el libro de invitados del Objeto sin seguir el procedimiento establecido;
Que el Objeto sea visitado por invitados intoxicados por alcohol, sustancias narcóticas, psicotrópicas o tóxicas y/o que porten sustancias inflamables o explosivas, explosivos y/o armas. El Administrador del Objeto tendrá derecho a determinar si la persona se encuentra intoxicada por alcohol, sustancias narcóticas, psicotrópicas o tóxicas evaluando, entre otros, los siguientes síntomas: olor a alcohol en el aliento, comportamiento inapropiado (agitado, irritable, agresivo, etc.), habla incoherente, movimientos descoordinados, etc., y a denegar la entrada al Objeto;
Conservar y/o almacenar en el Objeto herramientas o dispositivos con motores de combustión interna, lubricantes, gasolina u otros líquidos inflamables (dicha infracción se considerará una infracción material);
Hacer ruido en el Objeto durante el horario de silencio;
Dejar residuos domésticos, platos sucios u otras pertenencias personales sacadas de la Habitación en las zonas de uso común del Objeto;
Mantener animales o inventario destinado a ellos en el Objeto;
Trasladarse arbitrariamente a otra habitación del Objeto u ocupar las zonas comunes del Objeto;
Mover arbitrariamente el Inventario, los muebles empotrados o los muebles, equipos o elementos decorativos fijados a las paredes, techos o suelos;
Dañar el Inventario, el equipo u otros bienes del Objeto;
Contaminar o destruir las instalaciones y/o el territorio del Objeto;
Poseer bienes, objetos, documentos, etc. pertenecientes a otros residentes del Objeto, a sus invitados o al Gestor (dicha infracción se considerará una infracción material);
Poner en peligro la vida o la salud humana, la autodeterminación sexual, humillar el honor o la dignidad, insultar, incitar a la guerra mediante acciones propias en el Objeto; realizar actos discriminatorios, violencia o amenazas de represalia (dicha infracción se considerará una infracción material);
Abandonar el Objeto sin informar de ello al Administrador del Objeto;
Realizar otras acciones incompatibles con la moral, el orden público, las Normas y/o que infrinjan los requisitos de la legislación aplicable;
Realizar cualquier trabajo de reparación o sustitución en las instalaciones y/o equipos del Objeto;
Fijar arbitrariamente antenas, carteles u otros objetos en las puertas, ventanas o paredes del Objeto, así como cubrir dichos elementos con medios difíciles de retirar (por ejemplo, pintura, aceites, etc.) que puedan empeorar el estado del Objeto o de sus instalaciones;
Utilizar aparatos adicionales de calefacción, refrigeración o ventilación en el Objeto (tanto en las habitaciones como en las zonas comunes);
Instalar, conectar y/o utilizar arbitrariamente aparatos eléctricos, salvo pequeños electrodomésticos y/o ordenadores, así como utilizar aparatos eléctricos en mal estado en las Habitaciones y/o en las zonas comunes del Objeto;
Utilizar la cama proporcionada al Residente sin ropa de cama ni sábanas;
Grabar o fotografiar en secreto las actividades y conversaciones de otras personas.
Sección IV
DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL GESTOR
El Gestor y sus empleados autorizados tendrán derecho a:
Visitar las zonas comunes del Objeto en cualquier momento del día, inspeccionar o reparar las instalaciones allí existentes (garantizando que ello no interfiera con el descanso o los estudios de los Residentes en ese momento);
Entrar en la Habitación, tras llamar a la puerta, en cualquier momento entre las 8:00 y las 22:00;
Salvo en los casos especificados en la Sección 42.4 de las Normas, entrar en la Habitación en presencia del Residente o de su representante, si ello es necesario para realizar trabajos de reparación, así como para revisar la Habitación y/o verificar el cumplimiento de las Normas. A tal fin, se informará al Residente por correo electrónico a más tardar 1 (un) día antes de la fecha de la visita prevista. El Residente deberá garantizar el acceso a la Habitación a los empleados del Gestor u otras personas designadas en la fecha y hora indicadas en la notificación;
Entrar en la Habitación sin la participación del Residente o de su persona autorizada e incluso sin previo aviso para realizar reparaciones inmediatas, eliminar el accidente y/o sus consecuencias, evitar peligro para la vida o la salud humanas, proteger bienes, abriendo la puerta por sus propios medios;
Con el fin de garantizar la limpieza y el orden en las Habitaciones, el Administrador del Objeto, junto con otros empleados del Objeto, tendrá derecho a realizar inspecciones programadas de la Habitación, notificándolo al Residente con al menos 5 (cinco) días de antelación. El Residente deberá garantizar el acceso a la Habitación a los empleados del Gestor u otras personas designadas en la fecha y hora indicadas en la notificación;
Si durante la inspección de la limpieza y el orden en las Habitaciones y/o zonas comunes del Objeto se establece que la limpieza y el orden en los espacios utilizados por el/los Residente(s) no cumplen las normas higiénico-sanitarias, contratar servicios de limpieza a cargo del/de los Residente(s) que utilicen dichos espacios, habiendo concedido previamente a dichos Residentes un plazo para limpiar los espacios en cuestión;
Al encontrar residuos domésticos, platos sucios u otro inventario personal en las zonas comunes del Objeto que hayan sido retirados de la Habitación, tendrá derecho a ordenar a los Residentes propietarios de dichos objetos que eliminen inmediatamente dichos residuos, platos sucios u otro inventario personal; de lo contrario, los empleados del Gestor tendrán derecho a desechar dichos objetos a su discreción. Si no puede identificarse al propietario de los residuos domésticos, platos sucios o inventario personal dejados en las zonas comunes del Objeto, los empleados del Gestor tendrán derecho a retirarlos (eliminarlos) sin notificar al propietario e imponer la multa especificada en la Sección 52 de las Normas. El Gestor no compensará al Residente las pérdidas o daños sufridos debido a la eliminación de dichos objetos;
No admitir en el Objeto a Residentes que no presenten un documento nacional de identidad, pasaporte u otro documento de identidad a requerimiento del Administrador del Objeto y/o cuya llegada no sea confirmada por el Residente;
Aplicar intereses de demora del 0,05 % por cada día sobre el importe adeudado si el Residente no paga la tarifa de los servicios de alojamiento, las tarifas de servicios adicionales de pago o las multas;
Imponer advertencias y/o multas a los Residentes por infracciones de las Normas;
Realizar otras funciones necesarias para garantizar el cumplimiento de las Normas.
Los empleados del Gestor deberán:
Respetar y no vulnerar los derechos e intereses legítimos de los Residentes;
Proporcionar información y consultas a los Residentes sobre cuestiones relacionadas con el alojamiento y la vida en el Objeto, resolver las solicitudes de los Residentes y responder a la información proporcionada.
Sección V
TARIFAS
El Residente, de conformidad con el procedimiento establecido en el Contrato:
Deberá pagar el depósito dentro del plazo especificado en el sistema de reservas. El depósito podrá abonarse mediante transferencia bancaria o tarjeta de crédito, siguiendo el enlace de la plataforma de reservas en línea. El depósito se utilizará y devolverá conforme al procedimiento y las condiciones establecidos en el Contrato. Si el Residente no llega al Objeto para alojarse dentro del plazo especificado en el sistema de reservas o decide cancelar la reserva después de pagar el depósito, se considerará que el Residente ha rescindido unilateralmente el Contrato por iniciativa propia antes de la finalización de su plazo, y el depósito abonado no será reembolsado;
Deberá pagar las tarifas por los servicios de alojamiento prestados por el Gestor, las tarifas por los servicios adicionales seleccionados, bienes, multas, tarifas de administración del servicio;
Otras tarifas adicionales surgidas en el curso del proceso.
Deberá reembolsar al Gestor los costes de los servicios públicos (electricidad, agua fría y caliente) si el importe mensual de los servicios públicos utilizados por el Residente supera los límites mensuales especificados en esta Sección. En tal caso, el reembolso se calculará para cada habitación por separado de acuerdo con las lecturas de los dispositivos de medición y aplicando las tarifas establecidas por los proveedores de servicios públicos para el mes correspondiente. La factura de los servicios públicos se emitirá por el mes anterior y deberá pagarse en un plazo de 5 (cinco) días laborables desde su emisión. Si el Contrato es válido por un período inferior a un mes, los límites mensuales aplicables se recalcularán proporcionalmente al período de validez del Contrato. El Gestor aplicará los siguientes límites mensuales de servicios públicos: (i) para habitación individual: 150 kWh de electricidad, 4 metros cúbicos de agua fría, 4 metros cúbicos de agua caliente; (ii) para habitación doble: 225 kWh de electricidad, 8 metros cúbicos de agua fría, 8 metros cúbicos de agua caliente.
Si se ha establecido un débito directo para el pago de los servicios prestados en virtud del Contrato y no existen fondos suficientes en la tarjeta de crédito y/o en la cuenta bancaria para cargar el importe correspondiente a los servicios de alojamiento, si la tarjeta está dañada o no funciona, se notificará al Residente y este deberá adoptar las medidas necesarias en un plazo de 5 (cinco) días para garantizar que el importe adeudado al Gestor pueda cargarse correctamente.
La tarifa de los servicios de alojamiento, de los servicios adicionales, de los bienes, de las tarifas administrativas, etc., será fijada unilateralmente por el Gestor del respectivo Objeto. El Gestor del respectivo Objeto tendrá derecho a modificar unilateralmente (aumentar) la tarifa del servicio de alojamiento, informando al Residente al menos 30 (treinta) días antes del aumento previsto, indicando el nuevo precio y la fecha a partir de la cual será aplicable. En tal caso, el Residente tendrá derecho a rescindir unilateralmente el Contrato antes de su vencimiento de acuerdo con el procedimiento previsto en esta Sección. Una vez recibida la notificación del Gestor del respectivo Objeto sobre el aumento del precio de los servicios de alojamiento, el Residente deberá informar por escrito al Gestor del respectivo Objeto, dentro de los 10 (diez) días siguientes a la recepción de dicha notificación, si tiene intención de rescindir el Contrato antes de su vencimiento. Si el Residente no comunica la rescisión prevista dentro del plazo indicado, se considerará que no tiene intención de rescindir el Contrato y que acepta el nuevo precio del servicio de alojamiento. Las Partes acuerdan que, en caso de rescisión del Contrato por parte del Residente el último día de vigencia del antiguo precio de los servicios de alojamiento, el depósito será reembolsado al Residente de acuerdo con las Secciones 4.4 y/o 4.8 de las Condiciones Generales del Contrato. Si el Residente rescinde el Contrato antes del último día de vigencia del antiguo precio, el depósito no será reembolsado. Las tarifas por otros servicios y/o bienes serán modificadas unilateralmente por el Gestor sin previo aviso al Residente, y dicho cambio no podrá considerarse una base para que el Residente rescinda el Contrato antes del vencimiento.
La tarifa por los servicios de alojamiento, junto con las tarifas por los servicios adicionales seleccionados, deberá abonarse de acuerdo con el procedimiento y las condiciones establecidas en el Contrato.
Cualquier daño causado al Objeto y/o al Gestor por el Residente deberá ser indemnizado en un plazo de 30 (treinta) días naturales desde la fecha de presentación de la reclamación de indemnización.
Salvo que en la reclamación o factura presentada por el Gestor se especifique un plazo de pago diferente, el Residente deberá abonar las multas, tarifas administrativas y otras tarifas en un plazo de 14 (catorce) días desde la fecha de recepción de la reclamación o factura del Gestor.
Si el Residente se retrasa en el pago de las cantidades especificadas en las Normas y/o en el Contrato, o de parte de ellas, se le notificará por escrito y deberá cubrir la deuda en un plazo de 3 (tres) días desde la recepción de la notificación de deuda.
El retraso en el pago de la tarifa de los servicios de alojamiento u otras tarifas pagaderas conforme a las Normas o al Contrato, o en la indemnización por la pérdida o daño sufrido por el Gestor durante más de 30 (treinta) días, o el retraso en el pago de cualquier importe adeudado en virtud de las Normas o del Contrato, o de cualquier parte de dicho importe, durante más de 5 (cinco) días en 2 (dos) ocasiones o más, se considerará una infracción material.
Sección VI
RESPONSABILIDAD POR INFRACCIONES DE LAS NORMAS
Si el Residente infringe las Normas y/o el Contrato, se le notificará por escrito la infracción. Una infracción sistemática de las Normas y/o de las condiciones del Contrato (es decir, 2 veces o más) se considerará una infracción material que podrá dar lugar a la rescisión del Contrato.
Si el Residente infringe las Secciones 41.1, 41.5-41.6, 41.17-41.24 de las Normas, se le impondrá una multa de 100 EUR (cien euros) por cada infracción. En caso de infracción de las Secciones 41.2-41.4, 41.7, 41.15-41.16 de las Normas, el Residente estará sujeto a una multa de 500 EUR (quinientos euros) por cada infracción. Sin limitar las multas especificadas en esta Sección, que se consideran las pérdidas mínimas e indiscutibles del Gestor debido a la infracción de los requisitos de las Normas, el Gestor tendrá derecho a exigir compensación por pérdidas y/o daños. Por infracción de las Normas especificadas en las Secciones 41.1–41.24, y por otros daños o negligencias que los Residentes puedan causar, el Gestor podrá imponer las siguientes multas:
Descripción de la infracción | Primera vez | Acción repetida
Tarjeta magnética perdida/rota | 20 Eur | 20 Eur
Fumar (incluido olor, colillas en la habitación, detectores de alarma cubiertos en la habitación o acto de fumar) en áreas/habitaciones no designadas | 100 Eur | 150 Eur
Basura personal en zonas comunes (incluido pasillo y cocina común), platos sin lavar | 20 Eur | 30 Eur
Desorden y basura tras una fiesta u otra reunión en espacios comunes, incluidos platos sin lavar | 50 Eur/persona | 50 Eur/persona
Causar irresponsablemente la activación de la alarma de incendios en la habitación o en la cocina común (por ejemplo, dejar el horno/estufa encendido y similares) | 100 Eur | 200 Eur
Quedarse fuera de la habitación privada o del edificio cuando la recepción está cerrada | 0 Eur | Puede cobrarse (mínimo 30 Eur) si interviene la empresa de seguridad o en caso de acciones repetidas (3 veces por mes)
Hacer ruido durante las horas de silencio | 50 Eur/persona | 50 Eur/persona
Fiesta u otra reunión ruidosa en espacios comunes o habitaciones privadas sin permiso y durante las horas de silencio | 50 Eur/persona | 100 Eur/persona
Proporcionar alojamiento a terceros o animales sin aprobación de la administración de SHED | 100 Eur | 200 Eur
Incumplimiento del orden general, de la legislación lituana, comportamiento agresivo hacia otros residentes, invitados o empleados | Intolerable, el contrato de alojamiento puede rescindirse sin previo aviso y sin devolución del depósito | Intolerable, el contrato de alojamiento puede rescindirse sin previo aviso y sin devolución del depósito
Rotura o daño del inventario de SHED | Se adjunta al contrato una lista de inventario con precios como Anexo | Se adjunta al contrato una lista de inventario con precios como Anexo
Tomar intencionadamente bienes o equipos del proveedor de alojamiento o de otra persona sin su consentimiento, aunque estuviera previsto devolverlos después (es decir, “tomar prestado” sin permiso) | 100 Eur o, si el objeto vale más de 200 Eur a precio de mercado, la multa será calculada por separado por el gestor del alojamiento | 200 Eur o, si el objeto vale más de 200 Eur a precio de mercado, la multa será calculada por separado por el gestor del alojamiento
Se cobrará una tarifa administrativa única de 100 Eur por cada solicitud que incluya un cambio de habitación o la sustitución de un Residente registrado (lo que requiere la formalización de un nuevo Contrato en los sistemas operativos y contables).
El Gestor también tendrá derecho a cobrar una tarifa adicional de limpieza si, durante la inspección de la habitación o después de que el Huésped abandone el Inmueble, se constata que la habitación se encuentra en condiciones que no cumplen con las normas normales de higiene, ha sido abandonada, descuidada o está extremadamente sucia. La tarifa adicional de limpieza que podrá cobrarse será determinada por el Gestor caso por caso y no será negociable.
El Gestor tendrá derecho a rescindir unilateralmente el Contrato sin acudir a los tribunales:
En caso de infracciones materiales especificadas en las Normas y/o en el Contrato, notificándolo al Residente con 3 (tres) días de antelación;
En caso de otras infracciones de las Normas y/o de los requisitos del Contrato, notificándolo al Residente con 10 (diez) días de antelación, si el Residente no elimina la infracción dentro de los 5 (cinco) días siguientes a la recepción de la advertencia reiterada sobre la infracción.
Las infracciones sistemáticas de las Normas y/o del Contrato, cuando el Residente infringe el Contrato y/o las Normas 2 (dos) o más veces, también se considerarán una infracción material de las Normas y/o del Contrato.
La notificación al Residente sobre la infracción de las Normas y/o del Contrato, la notificación de rescisión del Contrato y las reclamaciones relativas a multas se entregarán al Residente en la dirección de correo electrónico especificada en la Sección 2 de las Condiciones Especiales del Contrato.
Sección VII
DISPOSICIONES FINALES
Todas las notificaciones, advertencias y demás información se enviarán al Residente por correo electrónico a la dirección especificada en la Sección 2 de las Condiciones Especiales del Contrato y/o por SMS al número de teléfono, o se entregarán contra firma. El Residente deberá informar inmediatamente al administrador del Objeto o al Gestor del respectivo Objeto sobre cualquier cambio de correo electrónico, enviando la información a la dirección indicada en la Sección 2 de las Normas.
Se informará al Residente sobre las modificaciones de las Normas con 30 (treinta) días de antelación a su entrada en vigor, mediante la publicación de las Normas en el sitio web www.shedcoliving.com y en la Solicitud de Servicios de Alojamiento. En caso de que las Normas del país donde se encuentra el Objeto deban modificarse con urgencia, es decir, tras la publicación de requisitos oficiales, recomendaciones o una situación de emergencia, las Normas modificadas entrarán en vigor inmediatamente tras su aprobación. En tal caso, se informará a los Residentes sobre las Normas modificadas a más tardar dentro de los 3 (tres) días siguientes a la fecha de entrada en vigor de las mismas.
En caso de contradicción entre las Normas y el Contrato, prevalecerán las disposiciones del Contrato.
Las Normas se redactarán en lituano, letón e inglés. En caso de discrepancias entre los idiomas, prevalecerá el idioma del país en el que se encuentre el Objeto al que se aplican las Normas.
El Gestor podrá organizar diversos eventos en las zonas comunes del Complejo e invitar a los Residentes a participar en ellos. Durante dichos eventos, el Gestor tendrá derecho a filmar y fotografiar a los participantes y a publicar material de los eventos en los canales seleccionados con fines de publicidad de las actividades del Gestor y del Objeto. Al participar en dichos eventos, el Residente acepta ser filmado y fotografiado para los fines especificados en este punto.
Estas Normas se rigen por la legislación de la República de Letonia.